Ya está aquí 2022 y, en términos de comercio, el nuevo año tiene algunas actualizaciones que todas las empresas necesitan tener en cuenta. Además de aspectos como el Nuevo reglamento de la Agencia Nacional de Aduanas de México, también está el asunto fiscal.

Para guiarte, te compartimos a continuación las principales actualizaciones de la Miscelánea Fiscal 2022.

¿Cuáles son las actualizaciones de la Miscelánea fiscal?

Complemento Carta Porte

A finales del año pasado con la publicación de la Tercera Resolución de la Reglas Generales de Comercio Exterior, la Regla 2.7.1.9 para los efectos del artículo 29 especifica que:

“Los propietarios de mercancías nacionales que formen parte de sus activos, podrán acreditar el transporte de dichas mercancías que se trasladen por vía terrestre, marítima, aérea o fluvial, únicamente mediante la representación impresa de un CFDI de tipo traslado al que deberán incorporar el complemento “Carta Porte”.

(…)

En los supuestos en los que el traslado de mercancía se realice a través de un intermediario o agente de transporte, éste deberá emitir el CFDI de tipo traslado en el que debe incorporar el complemento “Carta Porte”.

Puedes consultar más detalles sobre estas reglas en el Diario Oficial de la Federación.

Esta modificación indica que ya que el traslado sea realizado por el propietario, o por un prestador del servicio de transporte, deberán emitir el complemento de carta porte al CFDI de traslado.

Además, cuando se trate del propietario deberán consignar como valor: cero, como clave de RFC el genérico para operaciones con el público en general, y en el campo descripción se especifique el objeto de la transportación de las mercancías.

Es importante mencionar que dentro de la Ley Aduanera se explica que la tenencia, transporte o manejo de mercancías de procedencia extranjera deberá ampararse en todo tiempo con los documentos pertinentes.

Más información sobre el formato o instructivo de llenado puedes consultarla en la circular oficial.

Otro de los cambios hechos es el procedimiento para la presentación de los documentos en el despacho aduanero de mercancías, donde se elimina la referencia que incidaba que: “En todos los casos se deberá presentar el folio fiscal, archivo digital o la representación del CFDI con el complemento “Carta Porte” a que se refiere la regla 2.7.1.9 de la RMF, mismo que, en su caso, se verificará a través del dispositivo tecnológico y deberá estar relacionado con el número de pedimento y el número de acuse de valor correspondientes.”

Por esto, los documentos de transporte relacionados con el movimiento de mercancías deberán digitalizarse conforme a las opciones que brinda este precepto jurídico.

Eliminación del outsourcing

Uno de los temas que se había comentado desde el año pasado, fue la eliminación del esquema de subcontratación de trabajadores:

En las reglas 7.1.1, 7.1.2, 7.1.3, 7.1.4, 7.2.1, y otros resolutivos relacionados con el Registro en el Esquema de Certificación de empresas se elimina la referencia de la subcontratación de trabajadores vinculada con los artículos 15-A al 15-D de la LFT.

El Octavo Resolutivo establece la obligación de que las empresas certificadas que obtuvieron su registro conforme al esquema de subcontratación o que hayan ingresado la solicitud tendrán 15 DH para informar a la Administración General de Auditoría de Comercio Exterior (AGACE) que cumplen los nuevos requisitos mediante el escrito libre con la ficha de trámite 22/LA.

Lo anterior, derivado de la Reforma Laboral publicada en el DOF el 23 de abril y 31 de julio de 2021.

Si quieres leer más sobre los cambios en la Miscelánea Fiscal 2022, ingresa al Diario Oficial de la Federación en este enlace.

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