Exportar tus productos tiene grandes ventajas para el incremento de tus ventas y la presencia de tu marca en otros mercados. Además, las economías de cada país dependen, en gran medida, del comercio internacional. Se estima que este aporta más del 70% al Producto Interno Bruto (PIB) de México.

Es por ello que el comercio internacional está regularizado por varios organismos que buscan incentivarlo y, a su vez, proteger a los mercados locales de competencias desleales que afecten a los productores de cada país.

Una de esas estrategias desleales para las economías locales es el dumping, que consiste en exportar productos y venderlos por debajo del costo de producción con el objetivo de ganar ventajas competitivas afectando a los productores de ese país y con el riesgo de crear monopolios.

La Organización Mundial del Comercio tiene medidas en contra de esta práctica. La más común son las cuotas compensatorias que buscan equilibrar los precios de las mercancías entre los productores locales y los exportadores. En esta entrada te explicamos qué son las cuotas compensatorias, cómo se calculan y cuál es su importancia para la protección de las economías locales.

¿Qué son las cuotas compensatorias?

Las cuotas compensatorias son aranceles que se aplican a productos importados en condiciones de discriminación de precios o de subvención en su país de origen.

En otras palabras, son cuotas a productos importados (que llegan con menor precio que el de los productos locales) y que tienen el objetivo de equilibrar sus precios con los del mercado local. Los bajos precios de los productos importados pueden ser por dos razones:

  • Por estrategia de cada empresa para ganar una ventaja competitiva dentro de ese país.
  • Por subvenciones otorgadas en su país.

Estas razones suelen ser conocidas como prácticas desleales, cuya consideración y determinación se encuentran en los artículos 28 y 29 de la Ley de Comercio Exterior:

ARTÍCULO 28. Se consideran prácticas desleales de comercio internacional la importación de mercancías en condiciones de discriminación de precios u objeto de subvenciones en su país de origen o procedencia, que causen o amenacen causar un daño a la producción nacional. Las personas físicas o morales que importan mercancías en condiciones de prácticas desleales de comercio internacional están obligadas a pagar una cuota compensatoria conforme a lo dispuesto en esta Ley.

ARTÍCULO 29. La determinación de la existencia de discriminación de precios o subvenciones, del daño o amenaza de daño, de su relación causal y el establecimiento de cuotas compensatorias se realizará a través de una investigación conforme al procedimiento administrativo previsto en esta Ley y sus disposiciones reglamentarias.

La prueba de daño o de amenaza de daño se otorgará siempre y cuando en el país de origen o procedencia de las mercancías de que se trate exista reciprocidad. En caso contrario, la Secretaría podrá imponer las cuotas compensatorias correspondientes sin necesidad de probar daño o amenaza de daño.

Cuotas compensatorias en la Ley de Comercio Exterior

Las cuotas compensatorias se encuentran dentro de la sección cuarta de la Ley de Comercio Exterior, desde el artículo 62 hasta el artículo 71. En el artículo 62, se determina a quién le corresponde la recolección de las cuotas compensatorias:

ARTÍCULO 62. Corresponde a la Secretaría determinar las cuotas compensatorias, las cuales serán equivalentes, en el caso de discriminación de precios, a la diferencia entre el valor normal y el precio de exportación; y en el caso de subvenciones, al monto del beneficio.

Las cuotas compensatorias podrán ser menores al margen de discriminación de precios o al monto de la subvención siempre y cuando sean suficientes para desalentar la importación de mercancías en condiciones de prácticas desleales de comercio internacional.

Tipos de cuotas compensatorias

Tipos de cuotas compensatorias

Existen dos tipos de cuotas compensatorias:

  • Cuotas compensatorias específicas. Se calculan por unidad de medida y su pago tendrá que ser en la moneda nacional.

  • Cuotas compensatorias Ad-Valorem. Se calculan por términos porcentuales sobre el valor en aduana de la mercancía.

¿Cómo se establecen las cuotas compensatorias?

En México, las cuotas compensatorias las establece la Secretaría de Economía a través de la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales (UPCI) y es la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la encargada del cobro de las cuotas.

Para establecer las cuotas compensatorias primero se tiene que demostrar la práctica desleal que se está utilizando y que afecta o amenaza a la industria nacional. Estas prácticas pueden ser el dumping o las subvenciones.

Una vez que se determina que existe dicha práctica, se inicia una investigación a través de la Secretaría de Economía a solicitud de los productores, importadores y exportadores de la mercancía.

Cuando la investigación esté en curso, la autoridad publicará una resolución a través del Diario Oficial de la Federación y dará conocimiento a las partes interesadas. Además, dará un plazo de 23 días para presentar información necesaria que ayude a esclarecer la investigación.

Luego de 45 días de que inicia la investigación, se emitirá una resolución preliminar y, en ocasiones, impondrá una cuota compensatoria provisional para los productos correspondientes. En caso de no imponer esta cuota, se continuará con el proceso o, ante la falta de información y argumentos suficientes, se cerrará la investigación.

En caso de que la investigación continúe, después de 7 meses se tendrá que emitir una resolución final para determinar la cuota compensatoria definitiva. Esta será publicada en Diario Oficial de la Federación con la siguiente información:

  • Producto o mercancía.
  • Fracción arancelaria.
  • País de origen.
  • Régimen aduanero.
  • Modalidad de cuota compensatoria y su monto.
  • Empresa o conjunto de empresas extranjeras, a las que se les aplicará dicha cuota.
  • Periodo investigado.
  • Fecha en que entrará en vigor.

Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias

Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias

El Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias es un acuerdo de la Organización Mundial del Comercio que busca regular las cuotas compensatorias. Esto con el objetivo de “neutralizar” el daño causado por las importaciones subvencionadas.

Dentro de las regulaciones del acuerdo se determina si un país miembro puede o no conceder subvenciones. Y clasifica las subvenciones en dos categorías:

  • Prohibidas
  • Recurribles

Además, establece los procedimientos que tienen que cumplirse para que un país pueda aplicar cuotas compensatorias a ciertas mercancías subvencionadas.

Te invitamos a ingresar a este enlace para conocer más sobre este acuerdo y su estructura.

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